LSP, cada día más cerca.



Ayer, el resumen general del consejo de ministros nos dejaba clara la intención del gobierno. La LSP o Ley de Colegios y Servicios Profesionales está cada día más cerca. En su punto número 7, el artículo hace referencia a la "eliminación de obstáculos al acceso y ejercicio de la actividad en un número elevado de actividades profesionales" o lo que es lo mismo, dar libertad a la construcción en perjuicio de la arquitectura, eliminar las exigencias formativas de quienes nos ofrecen un servicio que condiciona toda nuestra vida. Si ha día de hoy la arquitectura española es fácilmente criticable gracias al abuso de la construcción, esta ley es la puerta hacia un servicio aún más abusivo. 

Aún así, ayer, 26 de abril de 2013, la rueda de prensa ofrecida por el consejo de ministros colaba, disimulada entre otras muchas propuestas legislativas, la conocida "reforma de los colegios profesionales". Mientras, los medios de comunicación, sin hacer ninguna pregunta al respecto, guardaban un respetuoso silencio ante las protestas emitidas desde las diferentes redes sociales como twitter, con el hashtag #NOalaLSP .

Aquí podéis ver el artículo referente a esta ley y el resumen completo del consejo:

7. Ley de Colegios y Servicios Profesionales
En el primer semestre de 2013 se aprobará el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales, que elimina obstáculos al acceso y ejercicio de la actividad en un número elevado de actividades profesionales. El Anteproyecto de Ley establece un marco general regulador del acceso y ejercicio de las actividades profesionales.
Por un lado, se establecen las condiciones comunes u horizontales a respetar por toda la regulación que incida en el acceso o ejercicio de las distintas profesiones. Por otro lado, las restricciones basadas en una cualificación profesional para el acceso a una actividad sólo podrán exigirse por ley, siempre y cuando sea necesario por motivos de interés general, lo que limitará las reservas de actividad. La Ley incorpora la normativa sobre Colegios Profesionales, que se modifica para reforzar el modelo de coexistencia de colegios de pertenencia obligatoria y voluntaria, y clarificar sus normas de funcionamiento, adaptándolas a la realidad actual. 
Lógicamente y siguiendo los principios de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado, el acceso a una actividad profesional habilitará para su ejercicio en todo el territorio español, sin que puedan exigirse requisitos adicionales de cualificación a los del territorio donde se hubiera accedido a la profesión. La Administración deberá elaborar y mantener accesible telemáticamente una lista con todas las profesiones reguladas en el país, los requisitos de acceso, el coste de colegiación en su caso, etcétera.

También encontraréis más información al respecto en la web del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España.

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